Novedades
R E S O L U C I O
N Nº 265
VISTO
El artículo 18 inciso m) de la ley de
CONSIDERANDO
Que el
valor de las prestaciones que brinda
Que las
evaluaciones técnico matemáticas del desarrollo integral del sistema de
Que se ha
realizado un análisis minucioso del aumento de las jubilaciones establecido por
el Gobierno Nacional y otras Cajas de Profesionales.
Que, por
tales fundamentos, se considera razonable aumentar el valor de
Que el
Directorio no ignora que el aumento implica un esfuerzo para los afiliados
activos, pero debemos tener en cuenta que el incremento se destina íntegramente
a los haberes de las jubilaciones, pensiones y subsidios. Por otra parte, es la
única forma que permite mantener actualizados los valores de las prestaciones
para que no estén deteriorados por el transcurso del tiempo cuando los que hoy
somos activos pasemos a pasividad o requiramos subsidios, o cuando nuestros
causahabientes requieran de alguno de los demás beneficios que otorga la Caja.
Que los
nuevos valores de los aportes se deberán abonar a partir del período
correspondiente al mes de marzo de 2021, es decir, del 1 al 10 de abril de 2021.
Las prestaciones se pagarán con dicho aumento a los beneficios que se devenguen
a partir de mayo de 2021.
Por ello,
en ejercicio de las facultades que le confieren los incisos "f" y
"m" del artículo 18 del Decreto Ley 10086, el Directorio, por
unanimidad,
RESUELVE:
1º) Aumentar a CIENTO SEIS PESOS ($ 106.-) el
valor del módulo unidad bioquímica caja
(UBC) a partir del aporte correspondiente al mes de marzo de 2021, pagadero del
1 al 10 de abril de 2021.
2º) Aplicar el nuevo valor a todas las
prestaciones que otorga
3º) Comunicar la presente Resolución al
Colegio de Bioquímicos de